Así lo anunció el gobernador en el reporte diario de hace instantes.
A su vez, las actividades culturales, deportivas, religiosas, turisticas, quedan hasta tanto se aprueben los protocolos enviados a la jefatura de Gabinete de la Nación, momentáneamente sujetas hasta 10 personas admitidas.
En el reporte de hoy se mostraron graficas vinculadas a las provincias y los casos positivos de coronavirus por residencia, como también el numero de casos detectados de las provincias que limitan con San Luis.
PARTE EPIDEMIOLÓGICO CORONAVIRUS
Este lunes no se registraron casos positivos de coronavirus.
En el día de la fecha se detectaron 9 casos sospechosos.
Desde el informe del viernes se procesaron 16 muestras de casos sospechosos. Todas resultaron negativas para coronavirus.
Además se analizaron 80 muestras correspondientes a los contacto sestrechos de los últimos casos positivos detectados: 4 corresponden al caso positivo del Hospital San Luis, 41 a contactos del paciente de Villa Mercedes y 34 a los contactos de los casos positivos de la empresa Don Alfredo. Todas resultaron negativas para coronavirus.
El sábado se concluyó el anillo sanitario de Transporte Don Alfredo, en base a los resultados obtenidos, la planta ha retomado desde el día de hoy su funcionamiento como centro habilitado de carga y descarga.
PRÓRROGA DEL DISTANCIAMIENTO PREVENTIVO Y OBLIGATORIO
A partir del día de la fecha habiendo entrado en vigencia el DNU 641 de Presidencia de la Nación, algunas actividades habilitadas hasta el momento deberán ajustarse a lo dispuesto en el artículo 9 de la mencionada norma, mientras el Comité de Crisis tramita las habilitaciones pertinentes para continuar con la situación vigente al día de ayer.
En tal sentido se remitieron los protocolos respectivos a aquellas actividades que involucren concurrencia mayor a 10 personas en lo relativo a:
Eventos Culturales, Recreativos, Religiosos y Deportivos.
Turismo interno.
En lo relativo a la prohibición de eventos sociales y familiares, daremos cumplimiento a lo establecido en el inciso 2, artículo 9 del DNU 641 de Presidencia de la Nación
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